Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral acogió una acción de amparo presentada por la candidata a diputada por La Romana, Dayna Manzano De Los Santos. La sentencia emitida por el Tribunal establece la exclusión de Jacqueline Fernández de la declaratoria de precandidatos ganadores, revirtiendo la Resolución No. 062 de la Comisión Nacional de Elecciones Internas (CNEI) del Partido Revolucionario Moderno (PRM).
El Tribunal, presidido por el juez Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, junto a los jueces Hermenelgida del Rosario Fondeur Ramírez, Rosa Pérez de García, Pedro Pablo Yermenos Forastieri y Fernando Fernández Cruz, también dejó sin efecto la Resolución No. 061, específicamente en lo relacionado con la celebración de una nueva encuesta, alegando un error en la precandidatura de Jacqueline Fernández.
En el comunicado oficial, el Tribunal destacó que la decisión se basa en la tutela judicial diferenciada a favor de la accionante, Dayna Manzano De Los Santos. Se ha restaurado su derecho adquirido, reconocido previamente en la Resolución No. 058 de la CNEI, que la declaró ganadora de la candidatura a diputada por La Romana.
El fallo resalta las violaciones a los derechos fundamentales, argumentando que permitir la doble precandidatura de Jacqueline Fernandez y la orden de una nueva encuesta afectaron el derecho de elegir y ser elegible de la accionante, así como el principio de democracia interna del PRM. Además, se identificaron incongruencias en las fechas de la encuesta realizada por la empresa GALLUP Dominicana y la emisión de la Resolución No. 062.
Antes de acoger la acción de amparo, el Tribunal rechazó la excepción de inconstitucionalidad contra las Resoluciones No. 61 y 62, así como otros medios de inadmisión planteados por la parte accionada. La decisión recalifica el amparo preventivo como amparo ordinario, garantizando el derecho de defensa de los involucrados.